Cursos de ascenso
Sabías que…?
Según el art. 26 del estatuto docente, los/as docentes que aspiren a ascensos de jerarquía deberán haber aprobado los cursos, con relevo de funciones, que se realicen para los cargos que concursen y que son organizados por el Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
La aprobación de estos cursos tendrá validez para el año que se sustancia en que se efectúe el concurso y para los dos años calendarios subsiguientes. La reglamentación establecerá los cargos para los cuales tendrá validez cada uno de dichos cursos. Quienes aprueben el curso tendrán acceso a la prueba de oposición y, exclusivamente en base al resultado de la misma, la COREAP formulará el orden de mérito elevándolo al Ministerio de Educación para la realización de las designaciones pertinentes.
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