Despidos
Si te despidieron y no sabes si te abonaron lo que te corresponde por ley. Desde SEDUCA te brindamos asesoramiento gratuito.
– Si estas mal registrada en tu trabajo, debes pedir la correcta categorización. Desde SEDUCA te asesoramos al respecto. No dudes en contactarnos.
–¿Estas embarazada y tenes sospechas de que puedan despedirte? Si te echan por estar embarazada te tienen que pagar, además de las indemnizaciones por despido, un año de sueldo. Pero, para que pase esto, tenes que notificar fehacientemente tu embarazo. Contactanos y te ayudamos a defenderte. No dejes que violenten tus derechos. Desde SEDUCA, te brindamos asesoramiento gratuito.
– CERTIFICADO DE TRABAJO
¿En que consiste el certificado de trabajo? y ¿cuándo se debe entregar?
Una vez extinquida la relación laboral, el empleador debe expedir el certificado de trabajo. En el mismo deberá constar el tiempo de prestación de servicios, la naturaleza de éstos, los sueldos percibidos y de los aportes y contribuciones efectuados con destino a la seguridad social, y la calificación profesional obtenida en los distintos puestos de trabajo desempeñados. Suele ser emitido como formulario PS 6.2 de Anses. Si tu empleador no te lo entregó, desde SEDUCA te asesoraremos al respecto.
-INDEMNIZACIÓN LABORAL.-
¿Cuánto me corresponde?
Si bien pueden existir distintas variables, distintos tipos de contrato, convenios colectivos, etc., el principio fundamental indica que se debe abonar su antiguedad, el preaviso. Además deben abonarle el salario completo del mes en curso, Deben pagarle el proporcional de vacaciones, aguinaldo y demás rubros normales y habituales.
Tenga en cuenta que si además su empleador no lo tiene registrado (trabajo en negreo) o lo tiene de manera deficiente, los montos indemnizatorios se incrementarán considerablemente.
También puede verse incrementada la indemnización por otros casos como por ejemplo, despido discriminatorio, acoso laboral (mobbing), despido de embarazadas, delegados sindicales, caso de accidentes, etc.
Consulte por su caso y desde la Asesoría legal de SEDUCA podremos realizar una liquidación del caso en particular sin costo alguno.
-RENUNCIA
Hoy Renuncie a mi trabajo.. ¿Me puedo arrepentir y retirar la renuncia?
En el supuesto de que usted haya renunciado, y en el mismo dia haya enviado otro telegrama retractándose de su renuncia, un fallo dictado por la Sala X de la Camara Nacional del Trabajo de la Capital Federal ha dispuesto que: ”El empleador que recibió del correo en forma simultánea la dimisión y la retractación no puede acordar valor jurídico a la renuncia por haber sido retirada en el mismo momento en que entraba en la esfera de conocimiento, por lo que no tuvo oportunidad de perfeccionarse” (Causa: “BEHR MARCELO ENRIQUE c/AUTOPISTAS URBANAS SA s/DESPIDO – CNTRAB – SALA X – 5/11/2004 “). Conforme con este fallo, la renuncia efectuada por el trabajador no tendría validez. Desde SEDUCA, te asesoramos.