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Antecedentes por antigüedad en la docencia
21:29 29 abril, 2020
Según el artículo 17 inciso b) del Estatuto Docente los antecedentes por antigüedad en la docencia otorgan:
1. En cualquier jurisdicción oficial o de institutos incorporados a la enseñanza oficial, en cualquier nivel o área de la educación, diez centésimos (0,10) de punto por cada año y cuarenta y cinco centésimos (0.45) por cada año de desempeño en el nivel respectivo (Inicial, Primaria, Educación Superior, Nivel Medio).
A continuación podrás acceder al artículo 70 inciso b del Estatuto Docente completo:
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