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Calificación Docente

Sabías qué?

Según el artículo 24 del Estatuto Docente, la calificación y el concepto surgirán de la evaluación del docente y de su superior jerárquico. El docente calificado deberá ser fehacientemente notificado y en ese mismo acto se le informará de la posibilidad de interponer los recursos administrativos y judiciales pertinentes.

A continuación podrás acceder al artículo 24 completo:

Descargar (PDF, 700KB)

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