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Ley de Fortalecimiento de la Carrera Docente N° 6544 - SEducA
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Ley de Fortalecimiento de la Carrera Docente N° 6544

Ley de Fortalecimiento de la Carrera Docente N° 6544

22:33 11 agosto, 2022
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A partir del 8 de Agosto del 2022 entró en vigencia el decreto reglamentario en  la Ley de Fortalecimiento de la Carrera Docente N° 6544:

 

  • La nueva penalización frente a la renuncia o no toma de posesión de un cargo u horas cátedras, contemplará en primera instancia una inhabilitación (bloqueo) por un lapso de 30 días, en el cual no podrá postularse ni inscribirse en ningún escalafón de la carrera docente. Transcurrido dicho lapso, podrá postularse, pero su orden de mérito se verá afectado participando como docente penalizado.

 

  • Si ha sido designado y se encuentra cubriendo un cargo en las áreas de Inicial, Primaria, Adultos Primaria y/o Especial, en posteriores actos públicos podrá postularse al mismo cargo pero no podrán ser seleccionadas como de su interés las vacantes que correspondan al mismo turno o que generen una incompatibilidad horaria.

 

  • El orden para la asignación de vacantes estará dado en primer lugar por el listado ordinario vigente, en segundo lugar las inscripciones realizadas por Art. 66L, y seguido luego por aquellos docentes que se encuentren penalizados.

 

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