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Ingreso a cursos de ascenso

Sabías que?

Según el artículo 28 del Estatuto Docente, el ingreso a los cursos de ascenso se efectúa de acuerdo al orden de mérito vigente formulado por la COREAP para el año en curso. El número de participantes deberá duplicar el de cargos vacantes, a menos que no hubiere suficiente cantidad de aspirantes, en cuyo caso se realizará con los que se hubieran inscripto.

A continuación, podrás acceder al artículo 28 completo:

Descargar (PDF, 722KB)

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