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Impuesto a la ganancia | Información para su deducción

¿Cuál es la diferencia entre deducciones y desgravaciones? Las deducciones son importes que restan y disminuyen la base imponible sobre la cual se calculará el impuesto a pagar. Son otorgados mediante ley y tienen un valor o tope determinado. La desgravación se trata de la eliminación del gravamen, es decir, es un concepto que no se incluirá en la base para el cálculo del impuesto sino que será descontado de los ingresos antes de calcular el monto sujeto a impuesto. ¿Cuáles son las deducciones generales? Existen conceptos que se pueden deducir de la ganancia del año fiscal cualquiera sea la fuente de la ganancia y con las limitaciones establecidas en la Ley de Impuesto a las Ganancias. Esos conceptos son: Servicios y herramientas con fines educativos Las sumas abonadas por las cargas de familia o por hijos mayores de edad, hasta 24 años, que sean residentes en el país, cursen estudios regulares o profesionales de un arte u oficio y no tengan en el año ingresos netos superiores a la ganancia no imponible (establecida para el 2022 en $ 252.564,84 y para el 2023 en $ 451.683,19) en concepto de: Servicios con fines educativos: servicios prestados por establecimientos educacionales públicos o privados incorporados a los planes de enseñanza oficial referidos a la enseñanza en todos los niveles y grados, y de postgrado para egresados de los niveles secundario, terciario o universitario, así como a los servicios de refrigerio, de alojamiento y de transporte accesorios a los anteriores, prestados directamente por los establecimientos con medios propios o ajenos. También se incluyen a las clases particulares sobre materias incluidas en los referidos planes de enseñanza oficial, impartidas fuera de los establecimientos educacionales y con independencia de estos y las guarderías y jardines materno-infantiles. Herramientas con fines educativos: útiles escolares, guardapolvos y uniformes. La deducción tendrá un límite equivalente al 40% de la ganancia no imponible: AÑO TOPE 2022 101.025,94 2023 180,673,28 Cuotas médico – asistenciales Cargá los importes que abonaste por cuota o abono a medicina prepaga o aportes complementarios a obras sociales, correspondientes a vos como empleado y a las personas que tengas declaradas como carga de familia. El importe a deducir por dichos conceptos no podrá superar el 5% de la ganancia neta del ejercicio acumulada. Primas de seguro para el caso de muerte Podés deducir lo que abones por seguros de vida. En el caso de seguros mixtos, solo podés deducir la parte que cubre el riesgo de muerte, excepto para los casos de seguros de retiro privado administrados por entidades sujetas al control de la Superintendencia de Seguros. Esta deducción solo se practicará hasta alcanzar el tope que para cada año se detalla a continuación: AÑO TOPE 2018 996,23 2019 12.000 2020 18.000 2021 24.000 2022 42.921,24 Donaciones Se pueden deducir las donaciones hechas a los fiscos nacionales, provinciales y municipales, a las instituciones religiosas, asociaciones, fundaciones y entidades civiles, siempre que estén reconocidas por la AFIP como exentas del impuesto a las ganancias. Las donaciones pueden realizarse en efectivo o en especie. Cuando se hagan en efectivo deberán bancarizarse, es decir que la donación tendrá que hacerse mediante depósito, giro o transferencia bancaria, cajero automático, débito automático en cuenta o en tarjeta de crédito. La deducción se podrá realizar hasta el límite del 5% de la ganancia neta del ejercicio acumulada. Intereses por Préstamos Hipotecarios Podés incluir el importe de los intereses de créditos hipotecarios para la compra o construcción de inmuebles destinados a casa-habitación, hasta el importe de $ 20.000 anuales. Gastos de Sepelio Los gastos de sepelio pueden deducirse cuando ocurran en el país y se originen en el fallecimiento del empleado o de alguna de las personas informadas como carga de familia, hasta el tope de $ 996,23. Alquileres Es deducible hasta el 40% del alquiler de tu vivienda, siempre que ese monto no supere el mínimo no imponible detallado a continuación para cada período y que no seas titular de un inmueble en ningún porcentaje. Para poder deducir el alquiler es requisito contar con la factura o documento equivalente emitido por el locador, por el monto abonado. Quien vaya a deducirse este concepto deberá remitir una copia del contrato de alquiler en formato .pdf a través del servicio con clave fiscal SiRADIG-Trabajador. Esto deberá hacerlo la primera vez que vaya a computar la deducción y con cada renovación de contrato. AÑO MÍNIMO NO IMPONIBLE 2018 66.917,91 2019 85.848,99 2020 123.861,17 2021 167.678,40 2022 252.564,84 2023 451.683,19 Casas Particulares Las personas que tengan personal de casas particulares a su cargo pueden deducir la remuneración y las contribuciones patronales abonadas. El monto anual deducible no podrá superar la ganancia no imponible anual detallada a continuación para cada período: AÑO MÍNIMO NO IMPONIBLE 2018 66.917,91 2019 85.848,99 2020 123.861,17 2021 167.678,40 2022 252.564,84 2023 451.683,19 Aportes efectuados por los socios protectores a Sociedades de Garantía Recíproca – Reintegro de aportes de socios protectores a Sociedades de Garantía Recíproca Los aportes serán deducibles en el ejercicio fiscal en el cual se efectivicen, siempre que esos aportes se mantengan en la sociedad por el plazo mínimo de dos años calendario, contados a partir de la fecha de su efectivización. La deducción operará por el 100% del aporte efectuado y no deberá superar ese porcentaje en ningún caso. El grado de utilización del fondo de riesgo en el otorgamiento de garantía deberá ser como mínimo del 80 % como promedio en el período de permanencia de los aportes. En este apartado se debe informar la CUIT de la sociedad y los aportes efectuados durante el año calendario que se está declarando. Se puede brindar esta información desde la solapa “deducciones y desgravaciones” y también desde la solapa “ajustes”. Primas que cubran el riesgo de muerte y primas de ahorro Correspondientes a seguros mixtos, excepto para los casos de seguros de retiro privados administrados por entidades sujetas al control de la Superintendencia de Seguros de la Nación, en los cuales serán deducibles tanto las primas que cubran el riesgo de muerte como las primas de

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Sistema de autogestión | SEducA EN TUS MANOS

    Con la firme convicción de seguir innovando para que este hermoso camino de la carrera docente te sea más facil, queremos contarte que a partir de ahora vas a poder realizar todos tus trámites desde la comodidad de tu casa, escuela o donde estés, desde cualquier dispositivo móvil o PC, gracias al nuevo sistema SEducA EN TUS MANOS.  A través de este sistema de última tecnología vas a poder autogestionar los siguientes beneficios:   Solicitud de guardapolvo anual y útiles escolares sin necesidad de presentar recibo de sueldo. Solicitud de subsidios sin presentar papeles en: cumpleaños de 15 y 18 años, casamiento, bodas de plata, divorcio, nacimiento y defunción. Acceso a tu historial de beneficios solicitados. Acceso a tu cuponera de descuentos. Inscripciones de forma más rápida y sencilla a: carreras, cursos, seminarios, congresos, exposiciones, publicación en nuestra Revista Proyecto Escuela, charlas de asesoramiento gremial en vivo y mucho más. Acceso directo al campus virtual: Un espacio de cursada on-line para que puedas seguir capacitándote con nosotros desde cualquier dispositivo móvil o PC, ofreciendo nuevas oportunidades pedagógicas que potencian las propuestas formativas. Certificados, avales y trípticos digitalizados en PDF, de todas las propuestas que hayas realizado con nosotros, listos para subir en la COREAP. Acceso a tu historial académico.   Guía practica para: Instructivos de acceso, solicitud de beneficios, descarga de certificados y todas las funciones:        

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Asesoramiento para deducir ganancias

Como trabajador de la educación es tu derecho conocer los conceptos que pueden deducirse del régimen de retención del impuesto a las ganancias: Alquileres, remuneración del personal de casas particulares y aportes sindicales, entre muchos otros. Es nuestro interés ayudarte en la defensa de este, y todos los derechos que te corresponden como Docente. No dudes en contactarte con nosotros para obtener más información sobre los conceptos a deducir y el procedimiento para lograrlo.  

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Asesoramiento en el trámite jubilatorio docente

Asesoramiento en el trámite jubilatorio docente: Si te encontrás próximo a iniciar tus trámites jubilatorios, desde SEducA te acompañamos en esta nueva etapa. Para ello, te ofrecemos asesoramiento previsional para ayudarte a gestionar el proceso de forma sencilla. Además, si sos afiliado a SEducA nos ocupamos de llevar adelante los trámites correspondientes para gestionar el proceso de pago de forma más rápida.  

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Servicio de Salud Complementario

Brindamos atención médica a los docentes de la Ciudad y la Provincia de Buenos Aires, ampliando nuestros servicios y reafirmando nuestro compromiso de estar Junto al Docente. Este servicio permitirá acercar guía, contención e información en forma inmediata y en cualquier lugar que se encuentre el paciente, de forma remota e incluye: Médico a domicilio, a demanda; Telemedicina on-line y cobertura de urgencias y emergencias a través de un servicio de ambulancias de primer nivel. El servicio será brindado a través de una suscripción mensual. Los afiliados/as a SEducA contarán con un descuento del 50% sobre el valor del servicio, y podrá ser contratado de forma opcional El servicio incluye: Emergencia y Urgencia Médica. Asistencia Médica Domiciliaria Programada Clínica y Pediátrica. Transporte y atención prehospitalaria para situaciones de Emergencia. Dr. en casa: Equipo de médicos que pueden resolver distintas consultas médicas, dando orientación y contención juno a la derivación a una visita médica domiciliaria si fuera necesario o simplemente resolviendo la inquietud y brindando la tranquilidad necesaria. El servicio es prestado por Ayuda Médica El servicio incluye: la cobertura de la Emergencia sea cual sea su etiología, dentro de los primeros minutos del llamado a nuestra central con médicos especializados en Emergencias de riesgo y utilizando UTIM totalmente equipadas. Asimismo se realizará la cobertura de Asistencia Médica Domiciliaria (Clínica y Pediátrica), a la brevedad posible del llamado a nuestra Central. El responsable del área operativa que recibe la solicitud de atención por parte del usuario y el Coordinador Médico de nuestra Central de Operaciones, categorizará la misma según gravedad y enviará para su cobertura el médico a domicilio. Valor del Servicio: Los afiliados a SEducA cuentan con un 50% de descuento sobre el valor del servicio. El costo de la suscripción mensual para afiliados/as es de $950 y de $1.800 para no-afiliados. DESCUENTOS: Además, los afiliados gozan con un 10% de descuento si eligen suscribirse de forma trimestral, y un 17% de descuento para suscribirse semestralmente. Los no afiliados pueden acceder al servicio con una bonificación del 5% si eligen suscribirse de forma trimestral, y un 12% de descuento para suscribirse semestralmente. Suscripción Afiliados Costo Mensual No Afilados Costo Mensual Mensual $ 950 Deecuento $ $ 1.800 Deecuento Trimestral $ 855 10% S $ 1.710 5% Semestral $ 790 17% S $ 1.584 12%    

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