
Licencias por controles de prevención de cáncer mamario y prostático
El Estatuto Docente, en su artículo 70 p) plantea que los docentes tienen derecho a la justificación de un (1) día hábil por año calendario para realizarse controles preventivos de cáncer mamario o prostático.
70 p) Controles preventivos (Conforme Ley 6025). Los docentes tienen derecho a la justificación de un (1) día hábil por año calendario para realizarse controles preventivos de cáncer mamario o prostático, según los siguientes criterios:
1) Las mujeres a fin de realizar el control ginecológico completo: Papanicolaou, colposcopia y examen de mamas.
2) Los varones, mayores de cuarenta y cinco (45) años, a fin de realizar el control del Antígeno Prostático Específico (PSA).
El cómputo de este beneficio será acordado por docente, independientemente del o los cargos en que el/la agente lo usufructúe. Al término, el personal beneficiario deberá presentar las constancias que acrediten haber realizado dichos exámenes ante la conducción escolar.
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